SUBVENCIONES

¿Qué es el programa Kit Digital?

Un programa dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que te acompaña en tu proceso de transformación digital.

Para que, gracias a la tecnología, puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

¿Cómo? Con ayudas económicas que te permiten acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y a agentes digitalizadores que te ofrecen estos servicios. Solo tienes que escoger las que mejor se adapten a las necesidades de tu empresa.

    Apúntate a nuestra lista prioritaria y contactaremos contigo cuando tengamos más información









    Estrategia de Marketing Digital

    ¿A quién va dirigido?

    Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.

    ¿Qué te puede ofrecer esta subvención?

    • Diseño y desarrollo de una página web.
    • Diseño y desarrollo de una tienda online.
    • Gestión de tus redes sociales o la de tu empresa.
    • Gestión de clientes y/o proveedores.
    • Inteligencia empresarial y analítica.
    • Servicios y herramientas de oficinas virtuales.
    • Gestión de procesos.
    • Factura electrónica.
    • Comunicaciones seguras.
    • Ciberseguridad online.
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    ¿Cuál es la cuantía de la subvención?

    Los importes de los Bonos son:

    • Pequeña empresa de entre 10 y 49 empleados: 12.000 €
    • Pequeña empresa, microempresa de entre 3 y 10 empleados: 6.000 €
    • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo: 2.000€

    ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la ayuda?

    Si cumples las siguientes condiciones, ¡el programa Kit Digital está hecho para ti!

    • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
    • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
    • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
    • No tener consideración de empresa en crisis.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
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    marketing-2021

    ¿Cómo puedes solicitar esta subvención?

    Aun no ha salido la convocatoria, pero te invitamos a que te apuntes al nuestra lista prioritaria y te avisaremos en cuanto salgan estas ayudas para que puedas beneficiarte de ellas.

    No pierdas la oportunidad de darle un impulso a tu empresa con las ayudas Toolkit.

    Apúntate en el siguiente formulario y estarás informado/a de todo lo relativo a estas subvenciones.

      Apúntate a nuestra lista prioritaria y contactaremos contigo cuando tengamos más información